Hasta 1928 estuvo tipificado en el Código Penal español el contagio venéreo intersexual. La aparición del SIDA y algunas otras conductas específicas (uso de jeringuillas como armas intimidatorias en atracos y robos) llevó en la reforma urgente del Código Penal de 1989 a tipificar dentro del delito de lesiones "la propagación maliciosa de una enfermedad
tansmisible..." indicándose que... "según el grado de perversidad del delincuente, la finalidad perseguida o el peligro de la enfermedad..." se podrían imponer penas más graves. El texto del nuevo Código Penal de 1995 ha eliminado la mención específica de esta forma de delito, incluyendo el hecho de la transmisión maliciosa de enfermedades transmisibles, y concretamente el SIDA, quedando tales hechos incluidos en el delito de lesiones.
(...)
La primera ejecución por silla eléctrica tuvo lugar en Nueva York en 1890, durante la cual se aplicó a un prisionero una corriente alterna de 1400 voltios a 150 Hz, durante 17 segundos, antes de ser declarado muerto. Según se informó, un minuto después de ésto, el prisionero se quejó y se apreciaron movimientos respiratorios que iban en aumento, Se reaplicó la corriente durante otros dos minutos y cuarto, momento en el que el prisionero fue finalmente declarado muerto. Los testigos oculares de la ejecución informaron que habían visto salir humo del cuerpo quemado.
(De mis apuntes de la asignatura Medicina Legal y Forense. Instructivo al menos.)
TESTAMENTO por ÓSCAR ALONSO PARDO
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Si alguna vez el alzeheimer
se apodera de mis recuerdos
decidme que viajé a lugares remotos
en busca de tesoros escondidos
que me acosté con las mujeres ...
Hace 10 horas
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